Hojas

Ausencia de sustancias peligrosas

“Libre de sustancias que causan daño a la
salud humana y el medio ambiente”

Descripción de las sustancias químicas objeto de estudio

A menudo se utilizan sustancias químicas en la producción de calzado para mejorar algunas de las características del producto como su rendimiento y estética. La empresa fabricante del producto certificado Green Trade World debe esforzarse por utilizar materiales seguros y se debe comprometer a cumplir con la normativa aplicable a su producto, logrando así reducir el uso de sustancias que causan daño a la salud humana y el medio ambiente.

La empresa fabricante debe demostrar que tanto sus procesos como sus materias primas cumplen con el Criterio 6 de la Decisión UE 2016/1349 de 5 de agosto de 2016 por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de etiqueta ecológica de la Unión Europea para calzado. En dicho criterio 6, se anexa una lista de sustancias restringidas (RSL).

La lista se refiere a sustancias que pueden utilizarse durante el proceso de producción o que pueden estar presentes en el producto acabado. La RSL de la etiqueta ecológica de la UE para el calzado incluye sustancias o grupos de sustancias cuya presencia en el producto acabado, sus materiales o artículos, o en las fórmulas de producción, según proceda, estará específicamente restringida o verificada.

Las restricciones se aplican a:

  • Las fases de producción (por ejemplo, teñido).
  • Las fórmulas utilizadas en las fases de producción de calzado (por ejemplo, sustancias auxiliares).
  • Los artículos o materiales homogéneos (por ejemplo, caucho sintético o natural).
  • Los productos acabados.

El completo estudio realizado sobre la aplicabilidad de esta normativa al calzado bajo alcance de la Etiqueta Ecológica Tipo II GREEN TRADE WORLD, se resume en la siguiente tabla, en la que se enumeran los compuestos químicos con su material, componente o fase de producción, su correspondiente alcance de la restricción y requisitos de verificación y ensayos.

Dichos resultados se pueden verificar en producto, mediante el método de ensayo correspondiente (indicado en la norma) proporcionando resultados fiables y reproducibles.

Compuesto químico peligrosoProceso / Componente donde puede estar presenteLímites aplicablesMétodo de ensayo según normativa
Colorantes azoicos: aminas aromáticas Producto acabado. Proceso de teñido del tejido. 30mg/kg EN 14362-1:2012
Ftalatos Producto acabado. Compuestos usados como plastificantes para caucho o en suelas para dar flexibilidad. A veces se utilizan para facilitar el moldeado del plástico. < 0,10% en peso
< 0,05% en peso para niños
ISO/TS 16181:2012
Compuestos organoestánicos Producto acabado. Catalizadores y estabilizadores de calor en plásticos y caucho Se pueden usar como biocidas. TBT < 0,025 mg/kg
DBT, MBT, DOT, TPT < 1 mg/kg
ISO/TS 16179:2012
Parafinas cloradas de cadena corta (PCCC) C10-C13 Fases de producción de caucho y productos textiles. Tratamientos que se aplican a estos componentes. No presentes ISO 18219:2015
Parafinas cloradas de cadena media (PCCM) C14-C17 Fases de producción de caucho y productos textiles. Tratamientos que se aplican a estos componentes. 1000 mg/kg ISO 18219:2015
Hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) Producto acabado. Pueden estar presentes en ablandadores y extensores de goma o plástico, o como impurezas en tintes textiles. En caucho de la suela. c/HAP: < 1mg/kg
< 0,5 mg/kg niños

Total: < 10mg/Kg
< 1 mg/kg niños
AfPS GS 2014:01 PAK
Alquilfenoletoxilatos (APEO) Fases de producción de productos textiles y tejidos con recubrimiento. Utilizados como agentes auxiliares (Surfactantes, detergentes, suavizantes, emulsionantes /dispersantes para colorantes). 25mg/kg ISO 18254-1:2016
Formaldehido Producto acabado (Preservante y acabado de materiales textiles). < 20mg/Kg ISO 14184-1:2011
Nitrosaminas Caucho natural y sintético. Se añaden en fabricación de caucho natural o sintético. A menudo se generan en el proceso de vulcanizado del caucho. No presentes EN 71-21:2013

Verificación: Informe de ensayo de laboratorio y declaraciones de sustancias restringidas

Declaración de los proveedores sobre la ausencia de sustancias restringidas

Cualquier proveedor de material en cuyo proceso pudieran utilizarse sustancias perjudiciales para salud y medio ambiente, debe garantizar a través de la correspondiente declaración responsable que sus productos y proceso de fabricación está libre de sustancias restringidas recogidas en la Decisión (UE) 2016/1349 de la Comisión del 5 de agosto de 2016, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de etiquetas ecológicas de la UE al calzado.

El informe de verificación debe presentar las declaraciones de responsabilidad de los distintos proveedores garantizando la ausencia de sustancias restringidas.

Ensayos sobre el producto realizados en laboratorio

Con el objetivo de respaldar y verificar la afirmación ambiental “Uso reducido de Sustancias Restringidas” y demostrar que el producto certificado no contiene sustancias perjudiciales para la salud y el medio ambiente, se deben analizar las sustancias que potencialmente pudieran estar presentes durante el proceso de fabricación y el producto final, mediante la metodología establecida bajo las normativas del sector textil, para así asegurar que se cumplen los límites de concentración establecidos en el Criterio 6 de la Decisión (UE) 2016/1349 de la Comisión de 5 de agosto de 2016.

El informe de verificación debe presentar los resultados de ensayo de producto acabado y componentes de la categoría de productos con el certificado.